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PSTD Poza de la Sal

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INTRODUCCIÓN AL PSTD

El Plan de Sostenibilidad Turística en Destino de Poza de la Sal es un proyecto para potenciar el desarrollo sostenible del turismo en esta localidad. Se encuentra enmarcado dentro del Plan Territorial de Sostenibilidad Turística 2021-2023 de la Junta de Castilla y León aprobado a través de la Submedida2 “Programa Extraordinario de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino” de la Inversión 1 “Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad” del Componente 14 “Modernización y Competitividad del Sector Turístico” que se encuentra enmarcado dentro de la Política Palanca 5 “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora” del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea.

EL PSTD da respuesta a nuestra visión del turismo sostenible y se trata de actuaciones perfectamente medibles con criterios objetivos y subjetivos, evaluando así el desarrollo del destino turístico como un camino y no como el resultado final de un proceso.

Con el proyecto de reconstrucción del paisaje salinero se ha planteado un diagnóstico, una foto fija, del estado actual del entorno y se plantean estrategias de regeneración y transformación consensuadas y orientadas a mejorar la calidad del destino. No solo se trata de recuperar y valorar un recurso endógeno con infinitas posibilidades, sino de ser capaces de acercarlo a nuestros potenciales visitantes mediante la mejora de la accesibilidad tanto en destino (parking, movilidad y descongestión del casco histórico) como en origen (desarrollo tecnológico consensuado y potenciado desde los diferentes agentes implicados).

¿Para qué? Para favorecer el asentamiento de la población creando un tejido asociativo y empresarial sólido, entusiasta, que se embarque en el proyecto común de atraer nuevos visitantes, y no solo turistas, sino personas que vean en nuestro municipio un entorno con potencial para desarrollar sus proyectos vitales. De esta forma definimos la dirección del destino y lo instrumentalizamos mediante un (necesario) equipo gestor facilitador de una gobernanza turística compartida.

OBJETIVO DEL PSTD

El Plan de Sostenibilidad Turística en Destino de Poza de la Sal tiene como objetivo principal consolidar un modelo de gestión turística que valore nuestros recursos patrimoniales y sirva de herramienta para atraer nueva población e iniciativas económicas sostenibles y diversificadas.

Para conseguirlo, el PSTD se plantea en torno a una reflexión sobre anteriores modelos de gestión. Aquí definimos objetivos concretos y tangibles como respuesta local al marco de referencia de la Organización Mundial del Turismo (OMT): Dar un uso óptimo a los recursos medioambientales (...), manteniendo los procesos ecológicos esenciales y ayudando a conservar los recursos naturales y la diversidad biológica. Respetar la autenticidad sociocultural de las comunidades anfitrionas, conservar sus activos culturales y arquitectónicos y sus valores tradicionales, y contribuir al entendimiento tolerancia intercultural. Asegurar actividades económicas viables a largo plazo, que reporten a todos unos beneficios socioeconómicos bien distribuidos.

En definitiva, establecer puentes entre el legado patrimonial y los procesos turísticos del presente, adaptándonos a los cambios con una perspectiva innovadora en la implantación de nuevas estrategias y productos turísticos desde una visión con el foco en la sostenibilidad e integración con el territorio.

ACTUACIONES DEL PSTD

El PSTD se articula en torno a 5 actuaciones repartidas entre los cinco ejes programáticos que establece la Estrategia de Sostenibilidad Turística de España y que son la transición verde y sostenible, la eficiencia energética, la transición digital y la competitividad turística.

  • Actuación 1: Reconstrucción de las salinas de Poza de la Sal

Este proyecto promovido por la asociación y apoyado por el ayuntamiento y la administración autonómica, es uno de los pilares fundamentales del PSTD y pretende restaurar el paisaje salinero mediante su rehabilitación sostenible para proteger un recurso turístico fundamental, del cual ha dependido históricamente la economía de la localidad. Abarca un amplio espacio que ha dado como resultado un paisaje declarado como BIC en 2001 bajo la categoría de Sitio Histórico, hoy en peligro de desaparición.

Recuperar este entorno supone recuperar un recurso de especial singularidad dentro de Castilla y León, que puede generar numerosas experiencias en torno a la sal. Tenemos como ejemplos las salinas de Añana (Álava), Léniz (Guipúzcoa) o Gerri de la Sal (Lleida), cuya recuperación ha supuesto un catalizador a la hora de atraer turismo. Se abre de esta forma una puerta para consolidar en nuestro municipio el turismo familiar y el interesado por el patrimonio industrial o geológico, hoy en alza.

  • Actuación 2: Restauración ambiental y adecuación de cauces superficiales y subterráneos vinculados a las salinas.

Resultado de la explotación secular del diapiro para la producción de sal, se extienden por todo el entorno varios kilómetros de cauces superficiales y subterráneos. La mayoría son de construcción artificial para la obtención de salmuera, si bien los cauces naturales también son afectados por ello. Por consiguiente, en paralelo a la recuperación de las salinas se hace necesario la restauración ambiental y rehabilitación de estos cauces.

  • Actuación 3: Mejora de la movilidad urbana: descongestión del tráfico rodado del casco antiguo de Poza de la Sal

Con esta actuación se pretende reestructurar la movilidad urbana de Poza de la Sal eliminando el vehículo privado dentro del casco histórico para dar espacio al peatón. Para ello es necesaria la construcción de un aparcamiento disuasorio en el ámbito periférico de este entorno (junto al Centro de Interpretación de las Salinas) y llevar a cabo una progresiva peatonalización del casco histórico.

  • Actuación 4: Transformación digital de Poza como destino rural inteligente.

Consiste en un plan de digitalización de Poza como destino turístico, que dé soporte a la digitalización de las empresas que forman el ecosistema turístico local. En dicho plan tienen cabida actividades de asesoramiento y formación, así como jornadas divulgativas dirigidas a pymes turísticas y trabajadores del sector.

Se impulsará además el marketing cooperativo para el fomento de la competitividad tanto del destino como de sus empresas: una red para el fomento de una actitud abierta con otras entidades y empresas, fomentando iniciativas de cooperación turística/cultural vertebradas en torno a la creación colectiva del conocimiento.

  • Actuación 5: Gobernanza y gestión del destino

Para desarrollo turístico sostenible de Poza de la Sal,se considera fundamental la planificación estratégica y su coordinación a través de un equipo gestor del destino turístico de carácter multidisciplinar representado por integrantes del ecosistema turístico mediante el estímulo del trabajo en red.

En la búsqueda de la excelencia y la innovación, contaremos con el apoyo especializado para el diseño de una metodología innovadora y de inteligencia turística que nos permita generar actividad turística y económica, el trabajo en red y la gobernanza.

PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN DE ACTUACIONES DEL PSTD


POLÍTICA DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE DE POZA DE LA SAL

El Ayuntamiento de Poza de la Sal se compromete con los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas y éticas, adhiriéndose a los principios de integridad, objetividad, proporcionalidad y honestidad en el ejercicio de sus funciones.

Los empleados públicos del Ayuntamiento de Poza de la Sal comparten este compromiso, asumiendo como deberes: “velar por los intereses generales- con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico- y actuar con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres”, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Ayuntamiento de Poza de la Sal pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude - basadas en su experiencia anterior y en la evaluación del riesgo de fraude-, y denunciará aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran detectarse, a través de los canales internos de notificación, en colaboración con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) y con respeto al principio de confidencialidad.

PLAN ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE POZA DE LA SAL

Si desea consultar el Plan Antifraude del Ayuntamiento de Poza de la Sal, puede hacerlo aquí.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE POZA DE LA SAL

El Ayuntamiento de Poza de la Sal manifiesta públicamente en una Declaración Institucional, la política de tolerancia cero frente al fraude y la corrupción. El Ayuntamiento de Poza de la Sal cuenta con procedimientos para la puesta en marcha de medidas eficaces y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.

Estos procedimientos incluyen, dentro de las medidas destinadas a prevenir el fraude, la divulgación de un Código Ético de Conducta del personal del Ayuntamiento.

El presente Código constituye una herramienta fundamental para transmitir los valores y las pautas de conducta en materia de fraude, recogiendo los principios que deben servir de guía y regir la actividad del personal empleado público.

Principios éticos fundamentales

La actividad diaria del personal del Ayuntamiento debe reflejar el cumplimiento de los principios éticos recogidos en los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que establecen lo siguiente:

Capítulo VII:Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta

Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.

Artículo 53. Principios éticos.

  1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
  2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
  3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.
  4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.
  6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.
  7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
  8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.
  9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.
  10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.
  11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.
  12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.

Artículo 54. Principios de conducta.

  1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
  2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
  3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
  4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber de velar por su conservación.
  6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
  7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
  8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
  9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
  10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
  11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.

Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control, que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:

  1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional, aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
  • Elegibilidad de los gastos.
  • Contratación pública.
  • Regímenes de ayuda.
  • Información y publicidad.
  • Medio Ambiente.
  • Igualdad de oportunidades y no discriminación.
  1. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR, ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como externamente.

Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de interés público.

  1. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
  • Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas financiadas por los fondos del MRR.
  • Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
  1. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, comopueden ser datos personales o información proveniente de empresas y otros organismos, debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros, en pro de la obtención de cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público.
  2. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del personal empleado público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o por cualquier otro motivo, con los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas.

Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la oportunidad de anteponer sus intereses privados a sus deberes profesionales.

Se tendrá especial cuidado en que no se produzcan conflictos de intereses en el personal empleado público relacionado con los procedimientos de “contratación” y “concesión de ayudas públicas”, en operaciones financiadas por fondos del MRR.

  1. Contratación pública.

En el supuesto de que se identifique un riesgo de conflicto de intereses se procederá a:

  • Analizar los hechos con la persona implicada para aclarar la situación.
  • Excluir a la persona en cuestión del procedimiento de contratación.
  • En su caso, cancelar el procedimiento.
  • En el caso de que, efectivamente, se haya producido un conflicto de intereses, se aplicará la normativa legal en materia de sanciones.
  1. Ayudas públicas.

Los empleados públicos que participen en los procesos de selección, concesión y control de ayudas financiadas con fondos del MRR, se abstendrán de participar en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal.

En el caso de que, efectivamente, se produzca un conflicto de intereses, se aplicará la normativa legal en materia de sanciones.

BANDERAS ROJAS INDICADORAS DEL FRAUDE PARA EL PROGRAMA NEXT GENERATION EU

Una bandera roja es un indicador de alerta que representa un aviso de que algo inusual ha ocurrido y que no se corresponde con la actividad normal y rutinaria de la entidad, constituyéndose como señales de alarma, pistas o indicios de posible fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación.

Para consultar las banderas rojas indicadoras del fraude para el programa Next Generation EU puede descargarlas de la web de Política Antifraude de la Junta de Castilla y León en este enlace.

NORMATIVA ANTIFRAUDE APLICABLE

  • Reglamento (CE, Euratom) 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protecciónde los intereses financieros de las Comunidades Europeas.
  • Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de juliode 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
  • Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 dediciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección delpresupuesto de la Unión.
  • Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
  • Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017,sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a travésdel Derecho penal.
  • Decisión de Ejecución del Consejo, de 6 de julio de 2021, relativa a la aprobación de laevaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España.
  • Acuerdo de Financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, firmado entre laComisión y España con fecha de 6 de agosto de 2021.
  • Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentespara la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan deRecuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema degestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

ENLACES DE INTERÉS

Para más información en materia antifraude puede consultar los siguientes enlaces:

  • Política antifraude (web de Junta de Castilla y León)en este enlace.
  • Web del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude en este enlace.
  • Buzón Antifraude - Canal de denuncias del Mecanismo para la Recuperación y Resilienciaen este enlace.

Para más información sobre el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) puede consultar la web Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Gobierno de España (planderecuperacion.gob.es)

Para más información sobre el Programa Extraordinario de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino puede consultar la Web de la Junta de Castilla y León Programa de Planes Extraordinarios de Sostenibilidad Turística en Destinos